Guía práctica · Autónomos

Cómo darse de alta como autónomo y cuánto cuesta

El alta exige coordinar Hacienda y Seguridad Social. Antes de tramitarla hay que definir bien la actividad, la fecha de inicio y las obligaciones fiscales.

Los dos trámites principales

  1. Alta censal en Hacienda. Se comunica el inicio mediante el modelo 036, indicando la actividad, epígrafe, lugar de realización y obligaciones de IVA, IRPF o retenciones que correspondan. El antiguo modelo simplificado 037 fue suprimido en 2025.
  2. Alta en el RETA. Se tramita en la Seguridad Social a través de Importass, indicando la actividad, fecha de inicio, previsión de rendimientos, mutua y otros datos de cotización.
El alta debe estar organizada antes de comenzar la actividad. La Seguridad Social permite comunicarla con una antelación máxima de 60 días.

Decisiones que no conviene improvisar

  • Descripción real de la actividad y epígrafe o epígrafes aplicables.
  • Fecha efectiva de inicio.
  • Si la actividad está sujeta o exenta de IVA.
  • Régimen de IRPF y posibles retenciones en facturas.
  • Previsión de rendimientos netos para la cotización.
  • Domicilio fiscal y, si existe, local afecto a la actividad.
  • Necesidad de licencias, colegiación u otros permisos sectoriales.

¿Cuánto cuesta darse de alta?

Conviene separar tres conceptos:

  • Tramitación administrativa: la presentación telemática de los formularios oficiales no lleva una tasa general de alta.
  • Cuota de autónomos: es un coste periódico de Seguridad Social y depende de los rendimientos netos previstos, regularizaciones y posibles beneficios aplicables. No existe una cifra única válida para todos.
  • Honorarios profesionales: nuestro servicio de estudio y tramitación del alta comienza en 120 € + IVA. El precio se confirma antes de empezar según la actividad y el alcance.

Después del alta pueden existir otros costes: declaraciones fiscales, gestoría periódica, seguro, licencia, certificado digital o herramientas de facturación, según el caso.

Qué información necesitamos

  • DNI/NIE, domicilio fiscal y datos de contacto.
  • Descripción concreta de lo que vas a vender o prestar.
  • Fecha prevista de inicio y lugar de la actividad.
  • Estimación prudente de ingresos y gastos.
  • Si trabajarás para empresas, particulares o ambos.
  • Si tendrás local, personal contratado o actividades simultáneas.

Después del alta

Darse de alta no termina las obligaciones. Debes emitir facturas correctamente, conservar justificantes, registrar ingresos y gastos y presentar las declaraciones que correspondan. En CA Resuelve ofrecemos este servicio fiscal periódico únicamente para autónomos; no llevamos contabilidad mercantil de sociedades.

Consulta el servicio de alta y asesoría para autónomos.

Fuentes oficiales

Contenido informativo general. La tributación y cotización dependen de la situación concreta.

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